Cuando nos referimos al Certificado de Empadronamiento de Canarias, nos estamos refiriendo al documento emitido por el ayuntamiento de Canarias, el cual certifica tu domicilio dentro de una circunscripción específica. El derecho al empadronamiento es universal para todos los ciudadanos, permitiéndoles ser incluidos en el padrón municipal, un registro que recoge a los residentes de un municipio junto con la dirección de su residencia. Este proceso, más allá de ser un derecho, se convierte en una obligación de acuerdo con las leyes establecidas. El empadronamiento no solo valida tu residencia, sino que también contribuye a la planificación y asignación de recursos en tu comunidad.
Puede tramitar telemáticamente este trámite a través de cualquiera de los métodos de identificación del sistema cl@ve: DNI electrónico, certificado digital, Acceso PIN 24H o Cl@ve permanente.
Antes de acceder asegúrese de tener:
El certificado digital instalado en el navegador o el D.N.I. electrónico insertado en el lector.
La certificación de empadronamiento es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.
La certificación debe estar suscrita por el secretario del Ayuntamiento y conformada por el alcalde, o por quienes les sustituyan o cuenten con su delegación, ya sea mediante firmas manuscritas o electrónicas conforme a la legislación vigente.
Las certificaciones acreditan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea perteneciente para el fin para el que se ha solicitado la certificación.
Podrán referirse solo a una o a la totalidad de las personas inscritas en un determinado domicilio. No deben expedirse estos documentos para varias personas cuando no comprendan a todos los habitantes inscritos en el mismo domicilio.
Los certificados de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.