Es importante tener en cuenta que el Plan Prepara está destinado a parados de larga duración y que cumplen con una serie de requisitos. Además, es necesario estar inscrito como demandante de empleo y haber agotado alguna u otra prestación anteriormente. También es necesario realizar un itinerario personalizado de inserción laboral para poder seguir cobrando esta ayuda.
El Plan Prepara (Programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo) es un plan de protección destinado a ayudar a encontrar empleo a los parados que tienen agotada su prestación por desempleo. El mismo se encuentra dentro del plan de ayudas a parados de larga duración del SEPE. El programa se puso en marcha dada la dura situación laboral en España y conlleva varias actuaciones destinadas a la inserción laboral. Las citadas acciones, son llevadas a cabo por los Servicios Públicos de Empleo de cada comunidad autónoma o bien por el SEPE en los casos de Ceuta y Melilla, incluyendo una subvención económica que el SEPE paga mensualmente. En este sentido, cada beneficiario podrá percibir entre 403,38 € y 457,16 € al mes, dependiendo de las personas de la unidad familias y sus rentas sociales. Actualmente, existe una vigencia de esta ayuda para los desempleados que finalicen su subsidio de desempleo en el intervalo entre 16 de agosto de 2017 y el 30 de abril de 2018.
Es importante destacar que, además de cumplir con los requisitos mencionados anteriormente, los beneficiarios del Plan Prepara deben aceptar cualquier oferta de empleo adecuada que les sea ofrecida y cumplir con las obligaciones establecidas en el programa, como asistir a las entrevistas y acciones de formación y orientación laboral propuestas por los Servicios Públicos de Empleo.
También es importante mencionar que el Plan Prepara tiene una duración de 6 meses, prorrogables por otros seis meses adicionales si se cumplen determinados requisitos, como haber participado activamente en las acciones de políticas activas de empleo y no haber rechazado ninguna oferta de empleo adecuada durante el período de vigencia de la ayuda.
Cabe destacar que la vigencia y los requisitos para acceder al Plan Prepara pueden variar en función de las políticas del SEPE y de las comunidades autónomas, por lo que es recomendable consultar la normativa vigente y las condiciones específicas en cada caso.
Los requisitos básicos para poder acceder a esta prestación son los siguientes:
• Encontrarse desempleado.
• Tener activa la inscripción en la demanda de empleo.
• Tener cargas familiares o ser desempleado de larga duración.
• Haberse beneficiado previamente de una prestación por desempleo.
• No percibir unos ingresos propios que excedan del 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En 2018, no tener ingresos que superen los 551,92 euros mensuales.
• Que los ingresos familiares no superen más del 75% del SMI. Para ello, se calculará que la suma de los ingresos percibidos por todos los miembros de la unidad familiar, dividida por el número total de personas que forman la familia, no exceda de 551,92 euros al mes.
• Que, durante el plazo de solicitud de esta ayuda, no se reúnan los requisitos para poder percibir una prestación, u otro subsidio o la RAI, renta activa de inserción.
En el plazo de los 2 siguientes meses a haber finalizado el subsidio por desempleo, en su correspondiente oficina del SEPE, en la cual se encontrará ya inscrito como demandante de empleo.
La solicitud del Plan Prepara deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
• Certificado del solicitante y de todas las personas de su unidad familiar que justifique que no se perciben rentas mínimas del organismo competente a nivel provincial o autonómico.
• DNI en vigor del solicitante y de todas las personas que conforme la unidad familiar.
• Certificado de empadronamiento colectivo, o documentación que sea equivalente, como es el caso del libro de familia.
• Acreditar de manera oficial, la búsqueda de forma activa de empleo.
La persona que solicite el plan Prepara ha de acreditar haber hecho, como mínimo, durante 30 días posteriores de cobrar su prestación por desempleo, 3 de las siguientes acciones necesarias:
• Realizar una entrevista de trabajo.
• Haber trabajado 1 día (por cuenta propia o ajena).
• Apuntarse como solicitante de empleo en 2 portales de internet (públicos o privados).
• Acudir a las ofertas de trabajo de los Servicios Públicos de Empleo.
• Enviar o llevar personalmente un currículum a 3 diferentes empresas.
• Haberse inscrito en una agencia de colocación considerada como autorizada.
• Otra acción o actividad por los Servicios Públicos de Empleo, relacionadas en concreto con acciones formativas o de información y gestiones de autoempleo y emprendimiento.
Derechos del solicitante:
Cobrar una prestación económica en los siguientes 6 meses a la solicitud, siempre y cuando se cumplan las actividades del itinerario personalizado de inserción. El importe asciende a un 75% del (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Como en 2018 el IPREM es de 537,84 euros al mes, la ayuda será de 403,38 euros En las situaciones en las que el solicitante tenga 3 o más personas de la unidad familiar en su cargo, la cuantía será del 85% del IPREM. En 2018, la ayuda es de 457,16 euros al mes. El importe de esta prestación siempre podría ser reducido dependiendo de los ingresos de la unidad familiar por rentas sociales.
Obligaciones del solicitante:
Aceptar los puestos de trabajo adecuados que se ofrezcan al beneficiario. Actualizar la información de cualquier variación posible en las condiciones necesarias que dieron lugar a optar al Programa PREPARA. No cumplir estas obligaciones podría suponer perder la ayuda del PREPARA, así como la devolución de las cuotas de las cantidades ya cobradas.